categoría: GDPR de la UE

RGPD de la UE

Información importante sobre el impacto del RGPD de la UE en la videovigilancia y el recuento de clientes

¿Utilizáis videovigilancia o contadores de clientes de eastek? Entonces pide nuestro Información sobre la nueva obligación de proporcionar información en espacios públicos, por ejemplo, comercios minoristas.

Desde el 25 de mayo de 2018 son vinculantes el nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) y la nueva redacción de la Ley Federal de Protección de Datos (BDSG n. F.). Introduce nuevas obligaciones de información para los operadores de sistemas de videoseguridad
se introdujeron medidas que son considerablemente más estrictas que la situación jurídica anterior.

De acuerdo con el artículo 4 (2) de la BDSG (nueva versión), el hecho de la observación, así como el nombre y los datos de contacto de las personas responsables, deben darse a conocer mediante medidas adecuadas lo antes posible. Esto por lo general
mediante señales o pegatinas cuyo mensaje pueda ser percibido por los afectados antes de que entren en el campo de visión de una cámara. Además, y esto es nuevo, los interesados ​​tienen derecho a lo siguiente según el artículo
13 RGPD, para proporcionar información completa sobre el tratamiento de los datos recopilados “en el momento de la recopilación de datos”.

No existe protección para los carteles antiguos que no cumplan con los requisitos que se enumeran a continuación.

Si no se cumplen las nuevas obligaciones de información, la autoridad de control de protección de datos puede exigir al operador que subsane las deficiencias (art. 58, apartado 2 del RGPD) e imponer una multa por falta de transparencia.
(Artículo 83 (5) del RGPD).